La Asamblea de Madrid ha aprobado la Ley de Regulación de Profesiones del Deporte, cuyo principal objetivo es evitar el “intrusismo” en este sector, en la Comunidad de Madrid.
El documento recoge los requisitos necesarios para ejercer las profesiones de monitor deportivo, entrenador deportivo, preparador físico, director deportivo y profesor de educación física. Del mismo modo, se deja claro que se regulará este aspecto independientemente de si la actividad se desarrolla en el sector público o el privado.
De esta manera, se convierte en requisito indispensable estar en posesión de la titulación de Técnico Deportivo en Fútbol o Técnico Deportivo Superior en Fútbol para estar autorizado a entrenar cualquier equipo federado sea cual sea su categoría (dependiendo de la liga donde se entrene). Esta norma queda recogida en el Artículo 13. «Cualificación necesaria para el ejercicio de la profesión de Entrenador Deportivo» del Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid Núm. 25 / 26 de noviembre de 2015.
El informe también advierte a las empresas y los propios trabajadores de las consecuencias de no regularizar su situación. Entre los mecanismos propuestos para garantizar el cumplimiento de esta ley, la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid podrá adoptar medidas de control e inspección necesarias para garantizar que los profesionales que desarrollen servicios deportivos en la Comunidad de Madrid cumplan con los requisitos y obligaciones marcados. El incumplimiento de estas obligaciones podría acarrear sanciones económicas que pueden ir desde los 1.000€ hasta los 30.001€, así como inhabilitaciones que podrían incluso superar el año, en función de la gravedad de los incumplimientos, siendo el más grave el perjuicio en la salud de un usuario.